Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 33

En vigor desde 1 ene 2008
1. Los servicios sociales se organizan territorialmente de acuerdo con los siguientes principios: a) Descentralización. b) Desconcentración. c) Proximidad a los ciudadanos. d) Eficacia y eficiencia en la satisfacción de las necesidades sociales. e) Equilibrio y homogeneidad territorial. f) Accesibilidad a la información y a los servicios sociales. g) Coordinación y trabajo en redes. 2. El Plan estratégico de servicios sociales aprobado por el Gobierno debe establecer la organización territorial de los servicios sociales.
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eli/es-ct/l/2007/10/11/12#art-33

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