Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 6.ª Registro de infractores

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 3 ago 2006
Para la adaptación a las previsiones de la presente Ley, los poseedores de ejemplares de especies cinegéticas vivas, así como de aves de cetrería, disponen de seis meses desde su entrada en vigor.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cb/l/2006/07/17/12#disposicion-transitoria-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil