Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XXXVI
Art. 171
En vigor desde 26 feb 2021
La tasa por la solicitud de concesión de la etiqueta ecológica será objeto de las siguientes reducciones:
a) Reducción del 30 %, para los solicitantes registrados en el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS).
b) Reducción del 15 %, para los solicitantes que dispongan de certificación conforme a la norma ISO 14001.
Las reducciones no serán acumulativas. Cuando se satisfagan ambos sistemas solo se aplicará la reducción más elevada.
La reducción estará sujeta a la condición de que el solicitante se comprometa expresamente a garantizar que sus productos con etiquetado ecológico cumplen plenamente los criterios pertinentes de la etiqueta ecológica de la UE durante el periodo de validez del contrato Ecolabel y que este compromiso se incorpore de forma adecuada en su política medioambiental y en objetivos ambientales detallados.
Se modifica por el .8 de la Ley 1/2021, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2021-4321 Se modifica por el .14 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1117 Se añade por el de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-2394
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-171