Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XXXVI
Art. 167
En vigor desde 1 ene 2015
Constituye el hecho imponible de la tasa la tramitación por la Administración de la Comunidad de la solicitud de concesión de la etiqueta ecológica para un producto o servicio determinado.
Se modifica por el .11 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1117 Se añade por el de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-2394
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-167