Art. 171
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XXXVI

Art. 171

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En vigor desde 26 feb 2021
La tasa por la solicitud de concesión de la etiqueta ecológica será objeto de las siguientes reducciones: a) Reducción del 30 %, para los solicitantes registrados en el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS). b) Reducción del 15 %, para los solicitantes que dispongan de certificación conforme a la norma ISO 14001. Las reducciones no serán acumulativas. Cuando se satisfagan ambos sistemas solo se aplicará la reducción más elevada. La reducción estará sujeta a la condición de que el solicitante se comprometa expresamente a garantizar que sus productos con etiquetado ecológico cumplen plenamente los criterios pertinentes de la etiqueta ecológica de la UE durante el periodo de validez del contrato Ecolabel y que este compromiso se incorpore de forma adecuada en su política medioambiental y en objetivos ambientales detallados. Se modifica por el .8 de la Ley 1/2021, de 22 de febrero. Ref. BOE-A-2021-4321 Se modifica por el .14 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1117 Se añade por el de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-2394

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Pro

eli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-171