Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional vigésima sexta

En vigor desde 1 ene 1997
Se sustituye la denominación de la «Autovía de Levante» por la de «Autovía de Valencia». La nueva denominación se deberá reflejar en todos los texto integrantes de los Presupuestos Generales, del Estado, haciéndose cargo el Ministerio de Fomento de los pertinentes cambios de la cartelería viaria. Los costos de cambio de nombre se financiarán con baja de igual partida del Programa 513 E, Proyecto 86.17.04.1345 correspondiente a la Sección 17.
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eli/es/l/1996/12/30/12#disposicion-adicional-vigesima-sexta

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