Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 8.ª Del secreto estadístico
Art. 19
En vigor desde 3 may 1995
Queda prohibida la utilización de los datos amparados por el secreto estadístico para fines distintos de los estadísticos y especialmente para finalidades fiscales y policiales.
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Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1995/04/21/12#art-19