Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 23 ene 2022
Las referencias a los perros guía contenidas en cualesquiera de las disposiciones normativas de la Comunidad Autónoma de Andalucía deberán entenderse realizadas a los perros de asistencia en los términos previstos en la presente ley.
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Proeli/es-an/l/2021/12/28/11#disposicion-adicional-cuarta