Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional quinta

En vigor desde 23 ene 2022
Mediante Decreto del Consejo de Gobierno se podrán actualizar las cuantías de las sanciones pecuniarias previstas en el artículo 27.1.
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eli/es-an/l/2021/12/28/11#disposicion-adicional-quinta

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