Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 13.ª Cooperativas de fomento empresarial
Art. 135
En vigor desde 29 ene 2020
1. Las cooperativas de fomento empresarial son las que tienen por objeto social el apoyo a la creación y al crecimiento de actividades económicas y sociales desarrolladas por nuevos emprendedores y emprendedoras.
2. Las cooperativas de fomento empresarial deben fijar como prioridad, en el marco de la actividad cooperativizada, la iniciativa emprendedora de los socios y socias y promover, por medio de actividades como la orientación profesional, la facilitación de habilidades empresariales precisas para el desarrollo de cada una de sus actividades y la tutorización de estas actividades en los primeros años de ejercicio.
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Proeli/es-pv/l/2019/12/20/11#art-135