Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO VSecc. Sección 1.ª La conciliación en las empresas privadas

Art. 53

En vigor desde 5 ago 2016
1. El Gobierno de las Illes Balears impulsará medidas que favorezcan la conciliación de la vida laboral, familiar y personal en la empresa. 2. Asimismo, se incentivará a las empresas para que proporcionen medidas y servicios destinados a facilitar la corresponsabilidad en la vida laboral, familiar y personal, mediante la creación de infraestructuras y servicios adecuados.
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eli/es-ib/l/2016/07/28/11#art-53

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