Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 5.ª Enajenación de títulos representativos de capital
Art. 133
En vigor desde 19 nov 2006
El régimen establecido en los artículos precedentes se aplicará, asimismo, a la enajenación de obligaciones, bonos, cuotas u otros títulos análogos representativos de la participación de la Comunidad en las empresas.
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Proeli/es-cl/l/2006/10/26/11#art-133