Título CAPÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 429
En vigor desde 1 ene 2006
Están exentas del pago de esta tasa las administraciones públicas territoriales.
Se añade por el .15 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-1526
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-429