Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VIII

Art. 38

En vigor desde 25 dic 1998
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por parte de la Administración competente en materia de enseñanzas náutico-deportivas, de los servicios y actuaciones inherentes a la comprobación, reconocimiento y acreditación de la capacitación para el ejercicio de actividades náuticas de recreo.
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eli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-38

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