Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IX›Secc. Sección 2.ª Tasas relativas a la gestión del dominio público marítimo-terrestre
Art. 142 quater
En vigor desde 25 jul 2025
1. No está sujeta al pago de la tasa la tramitación de expedientes relativos a declaraciones responsables por obras menores en una concesión administrativa en vigor.
2. Quedan exentas del pago de la tasa por este concepto las administraciones públicas territoriales y los entes del sector público instrumental que dependen de estas.
3. Quedan exentas del pago de la tasa las pruebas y las competiciones deportivas de las federaciones que formen parte de la final de un campeonato de las Illes Balears.
4. Las exenciones se aplican a instancia de parte, por lo que los sujetos pasivos deben solicitarlas.
Se añade por la disposición final 1.7 de la Ley 6/2025, de 23 de julio. Ref. BOE-A-2025-22028
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/1998/12/14/11#art-142-quater