Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Acción exterior en materia de emigración

Art. 54

En vigor desde 4 abr 2021
La acción exterior en materia de retorno estará orientada a facilitar el regreso a Galicia de las personas gallegas residentes en el exterior y de sus familias, llevando a cabo políticas de información, orientación y seguimiento en todo el proceso, para conseguir una plena integración en la sociedad gallega.
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eli/es-ga/l/2021/03/09/10#art-54

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