Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 128
En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica la disposición transitoria séptima de la Ley 33/2010, que queda redactada del siguiente modo:
«Séptima. Reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil.
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe aprobar el reglamento de la Red nacional de emancipación juvenil.»
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-128