Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO V

Art. 127

En vigor desde 31 dic 2011
Se modifica la disposición transitoria sexta de la Ley 33/2010, que queda redactada del siguiente modo: «Sexta. Reglamento del Censo de equipamientos y servicios juveniles En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, el Gobierno debe regular por reglamento el Censo de equipamientos y servicios juveniles.»
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eli/es-ct/l/2011/12/29/10#art-127

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