Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria
En vigor desde 4 sept 2007
Los órganos de gobierno y administración de la Escuela de Policía de Cataluña y de la Escuela de Bomberos y Seguridad Civil de Cataluña deben continuar ejerciendo sus funciones hasta que sean sustituidos por los órganos de gobierno y administración del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, con el fin de garantizar que sus actividades se realicen normalmente.
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Proeli/es-ct/l/2007/07/30/10#disposicion-transitoria