Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Régimen jurídico del otorgamiento de las concesiones
Art. 11
En vigor desde 1 jul 2021
Las licencias para la prestación del servicio de comunicación audiovisual concretarán la zona de servicio, así como las características técnicas asignadas. Serán otorgadas por un plazo de 15 años, siendo renovables automáticamente por el mismo plazo estipulado siempre que se cumplan los requisitos establecidos legalmente.
Se modifica por la disposición final 2.4 de la Ley 4/2021, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2021-18038#df-2
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2007/03/29/10#art-11