Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 89

En vigor desde 4 oct 2006
Son responsables de las infracciones administrativas tipificadas en esta ley las personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, que participen o incurran en las acciones u omisiones que, a este efecto, dispone esta ley.
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eli/es-ib/l/2006/07/26/10#art-89

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