Art. 12

En vigor desde 9 nov 1999
La imposición de cualquiera de las sanciones establecidas en la presente Ley no excluye de la responsabilidad civil de la persona sancionada ni la indemnización que se le pueda exigir por daños y perjuicios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/1999/07/30/10#art-12

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil