Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición transitoria tercera

En vigor desde 12 nov 1993
Cuando el Ayuntamiento no autorice el vertido, los titulares de las actividades deberán suspender inmediatamente la evaluación del mismo.
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eli/es-md/l/1993/10/26/10#disposicion-transitoria-tercera

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