Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

En vigor desde 12 nov 1993
Todos los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid deberán proceder a la adaptación de sus Ordenanzas Municipales a lo dispuesto en la presente Ley, en el plazo de seis meses, desde su entrada en vigor.
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eli/es-md/l/1993/10/26/10#disposicion-final-primera

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