Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 20
En vigor desde 25 oct 1989
La Comunidad de Madrid establecerá los requisitos mínimos de acceso a las plazas que convoquen las distintas Entidades titulares de Bibliotecas, dentro de su sistema bibliotecario.
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Proeli/es-md/l/1989/10/05/10#art-20