Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Potestad sancionadora universitaria de la Junta de Andalucía
Art. Disposición adicional octava
En vigor desde 26 mar 2026
El derecho de sufragio activo en los procesos electorales a órganos unipersonales de las universidades públicas andaluzas recae en el personal en activo en la universidad, en los términos que se desarrollen en los estatutos, y en el estudiantado de sus centros propios.
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Proeli/es-an/l/2026/02/20/1#disposicion-adicional-octava