Art. Disposición adicional octava
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Potestad sancionadora universitaria de la Junta de Andalucía

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 26 mar 2026
El derecho de sufragio activo en los procesos electorales a órganos unipersonales de las universidades públicas andaluzas recae en el personal en activo en la universidad, en los términos que se desarrollen en los estatutos, y en el estudiantado de sus centros propios.
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eli/es-an/l/2026/02/20/1#disposicion-adicional-octava