Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Características del mobiliario urbano
Art. 17
En vigor desde 2 may 2023
La disposición de quioscos, terrazas de bares, expositores de flores, fruta y verdura, cartelería, ornamentación y otras instalaciones similares, que ocupen parcialmente las aceras o espacios públicos habrá de permitir, en todos los casos, el tránsito peatonal, ajustándose a las normas establecidas para los itinerarios peatonales. Estos elementos deberán ser accesibles a todas las personas y en ningún caso invadirán el ámbito de paso de los itinerarios peatonales accesibles.
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Proeli/es-ri/l/2023/01/31/1#art-17