Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 3.ª Características del mobiliario urbano
Art. 15
En vigor desde 2 may 2023
Todos los elementos de mobiliario urbano de uso público se diseñarán y localizarán para que puedan ser utilizados de forma autónoma y segura por todas las personas, disponiéndose de manera que no se invada el ámbito de paso, ni en el plano del suelo ni en altura, de los itinerarios peatonales accesibles.
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Proeli/es-ri/l/2023/01/31/1#art-15