Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional cuarta

En vigor desde 14 mar 2023
Las administraciones públicas integradas en el sistema público de cultura de Canarias aprobarán sus respectivos planes de formación, a los que se refiere el artículo 14.3 de la presente ley, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley.
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eli/es-cn/l/2023/03/01/1#disposicion-adicional-cuarta

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