Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 14 mar 2023
El Gobierno, en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley y atendiendo a lo establecido en la normativa que en su caso resulte aplicable, procederá a transformar la empresa pública adscrita al área de cultura del Gobierno de Canarias, actualmente denominada Instituto Canario de Desarrollo Cultural, SA, en la figura jurídica que resulte más eficaz para la realización de las funciones que actualmente figuran en el objeto social de la mencionada sociedad.
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eli/es-cn/l/2023/03/01/1#disposicion-adicional-octava

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