Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 18 mar 2022
Teniendo en cuenta la doble insularidad que soporta el alumnado de Menorca e Ibiza y la triple insularidad que afecta al alumnado de Formentera, los consejos insulares respectivos podrán convocar ayudas complementarias y suplementarias para los gastos de transporte y desplazamientos. Estas ayudas serán compatibles con las ayudas autonómicas con el fin de hacer frente a los costes derivados de estas situaciones.
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eli/es-ib/l/2022/03/08/1#disposicion-adicional-septima

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