Título TÍTULO VI

Art. 52

En vigor desde 24 jul 2019
1. Serán responsables como autores o autoras las personas físicas o jurídicas que dolosa o imprudentemente realicen acciones u omisiones contrarias a esta ley. 2. En su caso, serán responsables solidarios de las infracciones previstas en esta ley quienes hubieran ordenado la realización de tales acciones u omisiones.
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eli/es-ex/l/2019/01/21/1#art-52

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