Título TÍTULO PRIMEROCapítulo CAPÍTULO I

Art. 10

En vigor desde 14 abr 2016
La promoción de la salud individual y colectiva en relación con las adicciones, tanto a drogas y otras sustancias con capacidad adictiva como las comportamentales, y con los factores de riesgo y las conductas precursoras, incluirá todas las acciones dirigidas directamente a fortalecer las habilidades y capacidades de las personas para el mantenimiento y la mejora de su salud y calidad de vida, así como a promover la modificación de las condiciones socioeconómicas y ambientales, con el fin de fomentar su impacto favorable o mitigar su impacto negativo en la salud de las personas.
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eli/es-pv/l/2016/04/07/1#art-10

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