Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO I

Art. 5

En vigor desde 1 ene 2018
1 a 3. (Derogados). 4. La cuantía de las restantes retribuciones cuya fijación competa a la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha no experimentará ningún incremento con respecto a las devengadas en el ejercicio anterior. Se derogan los apartados 1 a 3 por la disposición derogatoria única a) de la Ley 7/2017, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-989

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eli/es-cm/l/2012/02/21/1#art-5

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