Capítulo CAPÍTULO III

Art. 14

En vigor desde 22 mar 2007
Los organizadores de ferias y exposiciones oficiales someterán su gestión en la organización de actividades feriales al control de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante la presentación anual de sus presupuestos y de las correspondientes liquidaciones. Asimismo, presentarán anualmente la memoria de sus actividades feriales, que incluirá las estadísticas de visitantes y de expositores.
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eli/es-ar/l/2007/02/27/1#art-14

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