Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5
En vigor desde 21 jul 2006
Mediante una ley específica se creará el Consejo del Audiovisual de la Comunitat Valenciana en el que se determinará su cometido, naturaleza y régimen jurídico, ámbito y principios de actuación, estructura orgánica y composición, estatuto de sus miembros, recursos económicos, organización y funcionamiento, personal a su servicio y relaciones con las instituciones de la Generalitat.
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Proeli/es-vc/l/2006/04/19/1#art-5