Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 27 may 2004
Se autoriza al Consell de la Generalitat para adoptar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias para la aplicación y el desarrollo de los contenidos de la presente ley.
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eli/es-vc/l/2004/05/24/1#disposicion-final-primera

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