Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 66
En vigor desde 11 jun 2003
La demarcación territorial contenida en el documento a que se refiere este capítulo podrá ser objeto de modificación, siguiendo el mismo procedimiento establecido en los artículos anteriores, con la salvedad de que únicamente se dará traslado a los ayuntamientos directamente afectados.
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Proeli/es-ri/l/2003/03/03/1#art-66