Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO XISecc. Sección 9.ª De las cooperativas de seguros

Art. 131

En vigor desde 29 abr 2003
Son cooperativas de seguros las que ejercen la actividad aseguradora en los ramos y con los requisitos establecidos en la legislación del seguro y, con carácter supletorio, en la Ley de cooperativas.
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eli/es-ib/l/2003/03/20/1#art-131

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