Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 42
En vigor desde 12 mar 2003
El personal académico de las universidades públicas está integrado por el profesorado de los cuerpos docentes universitarios, por el profesorado contratado y por los investigadores propios y vinculados, contratados de acuerdo con la normativa vigente.
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Proeli/es-ct/l/2003/02/19/1#art-42