Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª El profesorado
Art. 44
En vigor desde 12 mar 2003
1. Son profesores contratados permanentes los catedráticos, los profesores agregados y, en su caso, los profesores colaboradores permanentes.
2. Son profesorado contratado temporal los profesores lectores, los profesores colaboradores, los profesores asociados, los profesores visitantes y los profesores eméritos.
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Proeli/es-ct/l/2003/02/19/1#art-44