Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 79
En vigor desde 18 jul 2002
Se considera la formación y capacitación profesional como elementos necesarios e indispensables en el desarrollo y modernización de los sectores pesquero y acuícola. Por la Administración de la Junta de Andalucía se promoverán las actuaciones dirigidas a esta finalidad.
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Proeli/es-an/l/2002/04/04/1#art-79