Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 10
En vigor desde 21 may 2014
(Derogado).
Téngase en cuenta que este artículo se deroga con efectos de 21 de mayo de 2014 por la disposición derogatoria única de la Ley 1/2014, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2014-2383: Redacción anterior: " Artículo 10. Del Estatuto de los ex-Presidentes. Cuando el Presidente cesare en su cargo tendrá derecho a recibir el tratamiento, los honores y los medios personales y materiales que se determinen reglamentariamente. Además, dispondrá de los servicios de seguridad que como a tal le correspondan o le sean reconocidos."
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 1/2014, de 18 de febrero. Ref. BOE-A-2014-2383
Tus anotaciones
Proeli/es-ex/l/2002/02/28/1#art-10