Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 24 jul 1997
La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».
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Proeli/es-as/l/1997/04/04/1#disposicion-final-segunda