Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final segunda
27 / 28En vigor desde 11 jul 2026
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y la aplicación de la presente ley.
Se modifica por el art. único.3 de la Ley 5/2026, de 24 de junio. Ref. BOE-A-2026-15578
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1997/04/04/1#disposicion-final-segunda