Capítulo CAPÍTULO V
Art. 25
En vigor desde 1 mar 1995
1. Las prestaciones económicas o en especie son aquellos apoyos que se facilitan cuando la causa determinante del riesgo para el desarrollo integral del menor proceda de situaciones de carencias o insuficiencia de recursos de su medio familiar.
2. La concesión de la prestación se regulará por las disposiciones contenidas en la Ley de Servicios Sociales y en la normativa que la desarrolla.
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Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/1995/01/27/1#art-25