Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 44

En vigor desde 11 feb 1995
El procedimiento sancionador por incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta Ley se regirá por lo establecido en el capítulo II del título IX de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1995/01/02/1#art-44

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil