Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 19

En vigor desde 23 abr 1993
Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1993/04/13/1#art-19

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil