Título TÍTULO I
Art. 9
En vigor desde 12 feb 1991
La sede central del Instituto se fija en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria. Para la mejor prestación de sus servicios y la adecuada realización de sus actividades, podrá disponer la creación de Oficinas Estadísticas en otros ámbitos territoriales de la Comunidad Autónoma de Canarias, con las competencias y funciones que reglamentariamente se determinen.
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Proeli/es-cn/l/1991/01/28/1#art-9